Regional

Contraloría advierte liquidación de obra inconclusa de agua potable y saneamiento

Contraloría recomienda a municipalidad provincial en Yunguyo adoptar acciones para asegurar objetivo del contrato

La Contraloría General recomendó a la Municipalidad Provincial de Yunguyo adoptar las acciones preventivas o correctivas que correspondan para asegurar el objetivo de la obra “Instalación del servicio de agua potable y saneamiento en el Centro Poblado Pajama San Agustín” valorizada en S/ 7 284 298,47, debido a que el contratista presentó ante la comuna la liquidación del contrato pese a que no se encuentra concluida.

Cabe señalar que, con la aceptación a trámite de la liquidación de obra, ésta podría quedar inconclusa, imposibilitando que se aplique al contratista una penalidad por incumplimiento del plazo contractual, lo que podría lo que podría originar un perjuicio económico de S/ 728 429,84.

Según el Informe de Hito de Control N°009-2021-OCI/2970-SCC  (Periodo de evaluación del 13 al 22 de abril de 2021) la comisión de control realizó dos visitas de campo y verificó que de 194 unidades básicas de saneamiento construidos, 16 están inconclusos porque hay biodigestores (contenedores herméticos e impermeables) instalados y cajas de registro de lodos bajo tierra, que le faltarían su relleno propio (que mantenga su tapa al ras del suelo).

Asimismo, el informe de control concurrente alertó que la presentación de la liquidación de contrato de obra no fue ingresada a mesa de partes por el representante común del consorcio, ocasionando que no tenga eficacia legal frente a la entidad, lo que constituiría causal de nulidad del acto resolutivo de aprobación de liquidación de obra.

De la visita a la obra se advirtió también la existencia de defectos, como fuga en la tubería de desagüe de lavamanos, falta foco y el accesorio de tapa de lavatorio, filtración de agua, lo que no permitiría la utilización de la totalidad de sus componentes.

Se evidenció además que la municipalidad aceptó la renovación de la carta fianza a pesar que no cumplió con el requisito de denominación o razón social del consorcio, generando el riesgo que la entidad se encuentre desprotegida ante incumplimientos contractuales en la ejecución de la obra.

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