Emergencia por coronavirus: trabajadores de servicios esenciales podrán tramitar pase de tránsito

Los trabajadores de los servicios básicos esenciales, cuyas labores no han sido suspendidas por el estado de emergencia según el propio decreto, podrán tramitar un pase especial de tránsito a través de la plataforma digital única del Estado peruano.
Según el decreto de estado de emergencia, en respuesta al brote del coronavirus COVID-19 en Perú, anunciado el domingo por el presidente Martín Vizcarra, solo podrán circular por las vías de uso público quienes presten y den acceso a servicios básicos esenciales:
a) Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
b) Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
c) Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
f) Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
g) Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
h) Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.
Además, los trabajadores deberán portar su DNI y un fotocheck o identificación de la empresa en la cual laboran.